Micelio
Auto12 de diciembre de 2000

A- de 2000

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante --·Demandado --

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad Sentencia C-1505/00
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presuncion De Legalidad
  • Reglamento de Corporación judicial
Nulidad Sentencia De Constitucionalidad
  • Procedencia excepcional por violación al debido proceso
Corte Constitucional
  • Atribución de darse su propio reglamento
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se denegó nulidad de la Sentencia C-1505/00, solicitud presentada por el ciudadano de la referencia para que se declarara la nulidad de toda la actuación a partir del auto admisorio de la demanda, en el proceso radicado bajo el número D-3090.

Para la Corte resulta desatinado por completo es que concluido ya el mencionado proceso el peticionario pretenda ahora que la actuación se retrotraiga al instante inicial, para adicionar a destiempo la demanda y repetir de esa manera toda la actuación, como sí existiera un vicio que afecte la validez de lo actuado que, por lo expuesto, es inexistente.

En consecuencia, no se aplicó, como lo solicitó el ciudadano mencionado, la excepción de inconstitucionalidad a los Arts. 45, 46 y 47 del Acuerdo No. 05 de 15 de octubre de 1992, "por el cual se recodifica el reglamento de la Corporación", expedido por la Corte Constitucional.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR la solicitud presentada por el ciudadano Ernesto Rey Cantor, para que se declare la nulidad de "toda la actuacion a partir del auto admisorio de la demanda, de fecha 19 de julio de 2000", en el proceso radicado bajo el numero D-3090.
  2. Segundo. No aplicar, como lo solicita el ciudadano mencionado, la excepcion de inconstitucionalidad a los articulos 45, 46 y 47 del Acuerdo No. 05 de 15 de octubre de 1992, "por el cual se recodifica el reglamento de la Corporacion", expedido por la Corte Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por10
C-393/06Sancion Disciplinaria A Abogado. Consejo, Patrocinio O Intervención En Actos Fraudulentos En Detrimento De Intereses AjenosA. 272/06Solicitud De Nulidad De Lo Actuado Desde La Diligencia De Reparto En Demanda Que Fue Rechazada. Oportunidad De Presentacion De La Solicitud De Nulidad. Improcedencia De La Solicitud De Nulidad. La Nulidad Contra Los Procesos Adelantados Ante La Corte Constitucional Unicamente Procede Por Virtud De La Violacion Al Debido Proceso. DenegadaA. 140/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-058/06. El Peticionario Sostiene Que "no Podia La Corte Constitucional Inmiscuirse En Ambitos Que No Le Corresponden, Desbordando Su Limitada Competencia Funcional, En Perjuicio De La Cosa Juzgada, La Seguridad Juridica Y La Autonomia Judicial …" Y Asimismo Que Desconocio Que El Fiscal General De La Nacion Podia Investigar Y Acusar Al Exministro Rodrigo Villamizar Alvargonzalez, Ademas De Las Consideraciones En Materia De Procedencia De La Pretension De Amparo Constitucional Contra Decisiones Judiciales Ejecutoriadas, Teniendo En Consecuencia Que Ser Anulada La Sentencia. Procedencia De La Nulidad Y Oportunidad De La Formulacion. La Formulacion De La Nulidad Excede El Termino De Los Tres Dias Siguientes A La Notificacion De La Decision. Rechazada La Solicitud De Nulidad Por ExtemporaneaA. 221/05Recurso De Suplica Contra El Auto Del 16 De Septiembre De 2005, Dictado Por El Magistrado Ponente En El Proceso De La Referencia Dr. Humberto Antonio Sierra Porto Que Admitio La Demanda Presentada Contra El Articulo 71 De La Ley 975 De 2005. Rechazar Por Improcedente El Recurso De SuplicaA. 098/04Nulidad Sentencia T-336/04. NegadaA. 017/04Inadmision Demanda De Constitucionalidad. Ley 683/01
Ver las 10

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.